La nueva Ley de Movilidad
Sostenible aprobada por el Congreso persigue la renovación del parque
automovilístico nacional y reducir emisiones contaminantes
El Congreso ha dado luz verde a
la Ley de Movilidad Sostenbile,
una norma que arrastra una larga tramitación y que impone una serie de
actuaciones tanto al Gobierno y otras administraciones como a las empresas a
fin de renovar el parque automovilístico y reducir emisiones contaminantes.
Planes de movilidad de las
empresas
Otro de los puntos incluidos en
el proyecto es que habrá más empresas, tanto públicas como privadas, obligadas
a contar con planes de movilidad sostenible. Hasta ahora estaban obligadas a
contar con estos planes las empresas de 500 trabajadores, o con 250
trabajadores por turno; a partir de esta nueva ley, los números bajan a 200 y
100, respectivamente.
Los planes de transporte
sostenible al trabajo incluyen soluciones de movilidad sostenible que
contemplan el impulso la movilidad activa, el transporte colectivo, la
movilidad eléctrica, y la movilidad compartida o colaborativa, entre otros.
Asimismo, y en la medida de lo posible, se incluirán medidas relativas a la
seguridad y la prevención de accidentes en los desplazamientos al centro de
trabajo.
Transporte público
El texto aprobado garantiza que
no se van a a eliminar las paradas previstas en el mapa concesional de
autobuses en zonas sin alternativa de transporte. De este modo, se consigue que
no se supriman paradas de autobús en zonas sin alternativas de transporte, de
manera que se deberán mantener conexiones en las áreas sin otras opciones y
que, en caso de que las comunidades autónomas asuman servicios por delegación
del Estado, serán compensadas económicamente.
Por otra parte, el Gobierno
estudiará la eliminación de vuelos domésticos allí donde haya alternativas
ferroviarias con una duración menor de dos horas y media y la recuperación de
de trenes nocturnos.
La norma también obligará a
revisar las etiquetas medioambientales de la Dirección General de Tráfico
(DGT), de modo que en ellas se incluyan las emisiones de dióxido de carbono
(CO2) como criterio adicional. Esta medida deberá estar implementada en el plazo
de un año desde la aprobación de la norma.
Puntos de recarga
Por otro lado, la norma obligará
a las gasolineras a ofrecer, por cada una de sus instalaciones, al menos un
grupo de recarga que ofrezca una potencia disponible de un mínimo de 400
kilovatios (kW). Además, deberá haber, al menos, un punto de recarga con
potencia disponible individual de 150 kW.
Hasta ahora, la legislación
obligaba a las gasolineras a que el grupo de recarga fuese de 150 kW. La
obligación se ciñe a las instalaciones de suministro de combustibles y
carburantes a vehículos cuyo volumen anual agregado de ventas de gasolina y
gasóleo sea superior o igual a diez millones de litros a partir de 2025.
La norma establece también que
las instalaciones que cumplan estos requisitos a partir de 2027 deberán
instalar o acreditar un grupo de recarga de al menos 600 kW que incluya al
menos un punto de recarga con una potencia disponible individual de al menos
150 kW de recarga eléctrica en corriente continua.
A su vez, se establecen medidas
para mejorar la información sobre la localización de las grandes estaciones e
infraestructuras de acceso público vinculadas con la recarga eléctrica, de modo
que se indiquen la ubicación de los puntos de recarga en las estaciones que
estén operativas, así como las distancias hasta las mismas en formato digital.
La ley también incluye apartados
para impulsar los puntos de recarga eléctricos en carreteras, estudiar la
sustitución de vuelos cortos por trenes y desarrollar reglamentariamente un
plan de renovación para incentivar la adquisición de vehículos nuevos de cero o
bajas emisiones y la retirada voluntaria de vehículos antiguos el parque móvil
español.